Avanza tramitación del proyecto de ley de Equidad Salarial en Comisión de Mujer y Equidad de Género del Senado

Santiago, 9 de noviembre de 2024.– Muy cerca de terminar su tramitación en la Comisión de Mujer y Equidad de Género del Senado quedó el proyecto de ley de Equidad Salarial, que se encuentra en segundo trámite constitucional, sesión a la que asistieron las ministras del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, y de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana.

La iniciativa originada en moción parlamentaria cuenta con el patrocinio del Ejecutivo a través de diversas indicaciones. La principal enmienda busca reconocer el derecho de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor, con lo que, de aprobarse, adecuaría la legislación nacional a estándares internacionales, como el Convenio 100 de la OIT sobre igualdad de remuneración.

“Junto con la Ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonio Orellana, nos encontramos tramitando un proyecto de ley que promueve la equidad salarial en las grandes empresas chilenas, así como también en el sector público. El día de hoy avanzamos en materia sustantiva aprobando el cuerpo del articulado de este proyecto de ley en la Comisión de Mujer del Senado”, señaló la titular del Trabajo.

Al respecto, Jara afirmó que “esperamos que en una próxima sesión se pueda despachar para seguir su tramitación. Un imperativo de Justicia para una sociedad con cohesión social es que las mujeres ganen de acuerdo a sus méritos y no sean discriminadas en función solamente de su género. Por eso esta brecha, esta diferencia salarial entre hombres y mujeres de un 25%, sin ninguna otra razón que el hecho de ser tales, solo por ser mujeres, es algo inaceptable y esperamos que lo podamos abordar como sociedad y cerrar esa diferencia injustificable”.

Para el cumplimiento de la normativa las grandes empresas deberán evaluar los cargos o funciones en la empresa, a través de un método de evaluación que examine la calificación, conocimientos o aptitudes necesarias para el desarrollo de las funciones; responsabilidades dentro de la empresa; condiciones ambientales en las que se realiza el trabajo y el esfuerzo necesario para su ejecución.

Además, deberán elaborar un Plan de Igualdad de Remuneraciones y se deberá conformar un Comité de Igualdad de Remuneraciones, compuesto por al menos tres representantes del empleador y tres representantes del o los sindicatos más representativos propiciando que su integración sea en igual número de mujeres y hombres.

Las grandes empresas y la Dirección del Trabajo, en marzo de cada año, deberán publicar un informe ejecutivo acerca de las brechas de remuneraciones, debiendo resguardarse siempre los datos privados de los trabajadores.

Respecto al no cumplimiento, el trabajador o trabajadora podrá denunciar a través del procedimiento regulado en la empresa. Asimismo, podrá hacerlo también directamente ante los Tribunales de Justicia o la Dirección del Trabajo

El proyecto ya había sido aprobado en general y en forma unánime por la citada Comisión a principios de septiembre de este año, y se espera que en la próxima sesión termine su tramitación en particular por parte de la Comisión de Mujer y Equidad de Género y pase a la Comisión de Trabajo de la Cámara Alta.