Presidente Comisión de Ética informa sanción aplicada al diputado Florcita Alarcón

El presidente de la Comisión de Ética  y Transparencia de la Cámara de Diputadas y Diputados, Bernardo Berger (RN) informó que “considerada la gravedad” de la conducta del diputado Florcita Alarcón, se decidió castigar por separado y de forma acumulativa con la máxima sanción que permite el reglamento.

De esta manera, explicó el diputado Berger, se aplicarán dos sanciones de censura y multas del 15% de descuento de su dieta parlamentaria.

“Teniendo todos los antecedentes a la vista, la Comisión de Ética y Transparencia ha resuelto aplicar al diputado Florcita Alarcón Rojas, por la difusión de fotografías íntimas propias, la medida disciplinaria de censura, y la pena anexa de un 15% de la dieta mensual. En forma concurrente, por la difusión de fotografías íntimas de terceros sin su consentimiento, se aplicará una segunda medida disciplinaria de censura, junto a una segunda pena anexa de un 15% de la dieta mensual”.

El presidente de la Comisión de Ética aclaró que “se ha estimado que cabe acumular ambas faltas cometidas por el diputado, al tratarse de conductas distintas, claramente diferenciables, que infringen gravemente las obligaciones impuestas a la investidura del cargo”.

Los castigos se fundamentan en el artículo 346 del Reglamento de la Cámara, que obliga a los diputados a desempeñar sus cometidos frente al público –en la corporación y fuera de ella– con una conducta acorde a su investidura, y a ser justos y respetuosos en el trato con los ciudadanos.

La resolución con los fundamentos de esta sanción será dado a conocer a la Sala en la sesión del próximo viernes 29 de enero. No obstante,  el diputado Berger adelantó que la comisión consideró que difundir fotos desnudo, no estuvo acorde a la investidura del cargo y dañó gravemente la credibilidad del Congreso Nacional, infringiendo por tanto el deber ético parlamentario que dispone que la actividad de los diputados debe inspirar la confianza de los ciudadanos, con el preciso objeto de fortalecer la credibilidad del Parlamento y del Estado”. 

Asimismo, la difusión de fotos íntimas de terceros sin consentimiento, “representó una gravísima infracción al deber de ser justo y respetuoso con la ciudadanía (…) y fue una gravísima afectación a la esfera más íntima de una persona”.

Estas sanciones son las máximas que permite la normativa interna de la Corporación y son independientes y sin perjuicio de las que pudieran perseguirse en los tribunales de justicia, de considerarse que las actuaciones pudieran constituir un delito.